Situación inicial
Elena, de 52 años, acudió a Quita Tu Deuda en una situación de gran angustia económica. Años atrás había avalado un préstamo personal solicitado por un familiar cercano para montar un pequeño negocio. Aunque ella nunca recibió ese dinero ni participó en la actividad, el impago del préstamo provocó que el banco reclamara directamente contra ella como avalista.
En ese momento, Elena trabajaba por cuenta ajena con un salario medio, no tenía deudas propias relevantes y era propietaria de su vivienda habitual, ya casi pagada. Sin embargo, la ejecución del aval dio lugar a reclamaciones judiciales, inclusión en ficheros de morosos y el inicio de embargos sobre su nómina.
La deuda total reclamada ascendía a 41.500 €, una cantidad imposible de asumir con sus ingresos.
Preocupación principal
La principal preocupación de Elena no era solo la deuda, sino el sentimiento de injusticia:
“No es una deuda mía, pero me están embargando como si lo fuera”.
Temía perder su estabilidad económica, que su vivienda pudiera verse afectada y que, por haber avalado a un familiar, no pudiera acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Acciones realizadas
Tras un análisis detallado de su situación, el equipo jurídico de Quita Tu Deuda confirmó que:
- La condición de avalista no impide acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
- La deuda derivada del aval tiene la consideración de deuda personal exonerable.
- Elena cumplía los requisitos de buena fe exigidos por la normativa concursal vigente.
Se procedió a:
- Se tramitó el procedimiento concursal de persona física exigido por la Ley de Segunda Oportunidad.
- Analizar el impacto de la deuda avalada sobre su patrimonio.
- Optar por la exoneración del pasivo insatisfecho sin plan de pagos, al no ser viable asumir ninguna parte de la deuda.
- Defender la protección de su vivienda habitual al no existir beneficio económico derivado del aval.
Durante el procedimiento se suspendieron los embargos y se paralizaron todas las acciones de recobro.
Resultados específicos
- Deuda inicial: 41.500 €
- Deuda exonerada: 41.500 €
- Porcentaje de exoneración: 100 %
- Embargos: cancelados
- Ficheros de morosos: eliminación progresiva tras la resolución judicial
- Plazo total del procedimiento: 9 meses
Elena pudo conservar su vivienda habitual y recuperar por completo su capacidad económica.
Impacto personal y económico
La resolución del procedimiento supuso un cambio radical en la vida de Elena. Pasó de vivir con miedo constante a las notificaciones judiciales y a los embargos, a recuperar la tranquilidad financiera y emocional.
Además, entendió que avalar a un familiar no la condenaba de por vida y que la Ley de Segunda Oportunidad también protege a quienes, actuando de buena fe, se ven arrastrados a una deuda que no les corresponde realmente.
Información útil relacionada
Si te encuentras en una situación similar, puede interesarte:
- Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y quién debe solicitar concurso de acreedores?
- ¿Puede Hacienda meterte en ASNEF?
Si has avalado un préstamo y ahora te reclaman una deuda que no puedes pagar, nuestro equipo puede analizar tu caso y decirte con total claridad si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.
Contacta con nosotros y recupera el control de tu economía.


